¿Cómo hacer la inscripción de un fallecimiento en el Registro Civil de Chile?

¿Sabes cómo realizar la inscripción de un fallecimiento en el Registro Civil?
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En Funeraria Hogar de Cristo, entendemos que este es un proceso que puede resultar confuso y difícil en un momento tan delicado. Por eso, estamos aquí para explicarte cómo realizar este trámite, quién puede realizarlo, cuáles son los requisitos necesarios y los plazos que debes tener en cuenta. Queremos brindarte todo el apoyo y la orientación que necesitas para que puedas llevar a cabo este procedimiento con claridad y tranquilidad. Conoce todos los detalles aquí.

¿Qué es la inscripción de defunción en el Registro Civil?

La inscripción de defunción es un trámite obligatorio y debe realizarse cada vez que fallece una persona. En Chile, la inscripción de una defunción en el Registro Civil se encuentra normada a través del Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 2.128 sobre Disposiciones Legales para el Registro Oficial de Defunciones, que regula de manera incondicional la forma en que deben registrarse oficialmente las defunciones en el país. Esta formalidad es obligatoria y cumple propósitos legales y estadísticos muy importantes. Mediante este trámite se obtiene el certificado de defunción emitido también por el registro civil, este es un documento oficial que legaliza el fallecimiento de una persona.

Propósitos legales

La inscripción del fallecimiento permite:

  • Constatar oficialmente el deceso de una persona en las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  • Obtener la autorización de sepultación, documento indispensable para que el cementerio o crematorio pueda recibir a la persona fallecida, para posteriormente sepultarla o incinerarla.
  • Acceder a mecanismos de protección social para los descendientes o herederos, tales como:
    • Tramitación de la posesión efectiva de bienes.
    • Cobro de seguros y pensiones o montepíos.
    • Prosecución de acciones legales, incluyendo las penales, entre otros.

Propósitos estadísticos

Además de sus implicaciones legales, este procedimiento se mantiene como fuente oficial de estadísticas de mortalidad en el país. Estos datos permiten conocer en detalle las causas de muerte, las cuales se utilizan con fines informativos en la toma de decisiones a nivel de Salud, Trabajo, Vivienda y Seguridad Social, Justicia, así como en la elaboración de estudios demográficos del (INE) y la planificación de políticas públicas. También se emplean en la evaluación y el diseño de programas de áreas del sector privado como el de los seguros.

De aquí la importancia de la contribución por parte de los médicos en el correcto registro de las causas de muerte.

Requisitos y documentos para inscribir un fallecimiento en el Registro Civil

En principio, para hacer el trámite, solo es necesario:

  • Original y duplicado del certificado médico de defunción;
  • Cédula de identidad del requirente (persona que realiza la inscripción, puede ser el familiar o persona encargada).
  • Oficios de Fiscalía cuando corresponda.
  • Resolución sanitaria de traslado cuando corresponda.

Aunque los documentos para el trámite de inscripción de defunción pueden variar según las circunstancias específicas del fallecimiento:

Para la inscripción de una defunción por testigos:

  • Cédula de identidad o documento de identificación del fallecido.
  • Cédulas de identidad del solicitante y de los dos testigos.
  • Certificado médico negativo emitido por los Servicios de Salud del área, en el que se expliquen las razones que impiden emitir el certificado médico de defunción (si corresponde).

Para la inscripción de una defunción por causa violenta:

  • Certificado médico de defunción emitido por la sección de tanatología del Servicio Médico Legal (SML).
  • Orden judicial que autorice la práctica de la autopsia.
  • Cédula de identidad del solicitante, salvo que el trámite lo realice el SML.

Para la inscripción de una defunción por muerte presunta:

  • Copia autorizada de la sentencia judicial definitiva que declare la muerte presunta.

Si la defunción ocurre en el extranjero, el trámite implica pasos adicionales, como traducciones, legalización de documentos o la intervención de consulados.

Procedimiento para inscribir una defunción en el Registro Civil de Chile

El procedimiento, en general, suele ser sencillo, basta con: 

  • Reunir la documentación necesaria.
  • Acudir a la oficina o suboficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) correspondiente a la circunscripción donde ocurrió el fallecimiento.
  • Informar que se quiere registrar una defunción.
  • Entregar los documentos solicitados.
  • Al completar el trámite, se habrá solicitado la inscripción de la defunción. Recibirá la inscripción en los registros del Registro Civil y el pase de sepultación, requerido por el cementerio para realizar el entierro.

Preguntas frecuentes sobre la inscripción de fallecimiento en el Registro Civil

¿Quién puede solicitar la inscripción de una defunción en el Registro Civil?

Cualquier persona o familiar cercano del fallecido que conozca su situación personal y familiar puede solicitar la inscripción. Esta solicitud también puede ser realizada por las personas que residían en el lugar donde ocurrió el fallecimiento, o los vecinos que tengan conocimiento de su situación personal y familiar, para proporcionar la información necesaria. En Funeraria Hogar de Cristo, comprendemos profundamente el dolor y la carga emocional que trae consigo la partida de un ser querido. Sabemos que la inscripción del fallecimiento es un trámite esencial; sin embargo, al mismo tiempo, puede ser abrumador para quienes atraviesan un momento tan delicado. Por esta razón, ponemos a disposición un equipo especializado que se encarga de gestionar este procedimiento de manera eficiente y respetuosa con el compromiso de aliviar esta responsabilidad para que los deudos y familiares puedan concentrar su energía en el homenaje de despedida de su ser querido.

¿Es gratuito inscribir una defunción en el Registro Civil?

Sí, el trámite no tiene costo alguno.

¿Cuánto tiempo tengo para inscribir un fallecimiento en el Registro Civil?

El período para solicitar la inscripción es de tres días (72 horas) desde que ocurre el fallecimiento. Este período se cuenta de manera continua, incluyendo fines de semana y feriados. Pasado ese plazo, será necesario obtener una autorización judicial para llevar a cabo el proceso. 

Recuerda, perder a un ser querido es una de las experiencias más difíciles que podemos enfrentar. En esos momentos, es crucial contar con un apoyo que no solo entienda tu dolor, sino que también te brinde el cuidado y el respeto que mereces. Al contratar los servicios de nuestra funeraria Hogar de Cristo, nosotros nos encargaremos de realizar todos los trámites: registrar la defunción en el Registro Civil, proporcionar los servicios necesarios y gestionarlos, facilitando todos los detalles del proceso para que puedas concentrarte en lo que realmente importa: honrar la memoria de tu ser querido. 

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